Calculadora de Impuestos de Criptomonedas (Método FIFO en IRPF)
Simulación de permutas cripto-cripto, ventas a euros y tramos del ahorro
Calculadora Interactiva Personalizada
Criterio normativo y fiscal aplicable: En España cada intercambio entre dos criptomonedas distintas (ej. pasar de BTC a ETH o a USDT) constituye una alteración patrimonial que debe calcularse por el método FIFO (primera entrada, primera salida).
Tabla Comparativa de Escenarios (Calculadora de Impuestos de Criptomonedas (Método FIFO en IRPF))
| Escenario Simulado | Importe Base | Gastos / Costes | Tipo Aplicado | Impuesto Estimado | Resultado Neto |
|---|---|---|---|---|---|
| Escenario Bajo (-50%) | 4,250.00 € | 120.00 € | 19.5% | 805.35 € | 3,324.65 € |
| Escenario Medio (Referencia) | 8,500.00 € | 120.00 € | 19.5% | 1,634.10 € | 6,745.90 € |
| Escenario Alto (+100%) | 17,000.00 € | 120.00 € | 19.5% | 3,291.60 € | 13,588.40 € |
Preguntas Frecuentes: Calculadora de Impuestos de Criptomonedas (Método FIFO en IRPF)
¿Cómo funciona la Calculadora de Impuestos de Criptomonedas (Método FIFO en IRPF) paso a paso?
▼
Para obtener el cálculo exacto en esta herramienta de Inversión y Rentas del Ahorro, partimos de un importe base de referencia de 8,500.00 €, descontamos los gastos o deducciones aplicables (120.00 €) para obtener una base liquidable de 8,380.00 € y aplicamos el tipo de referencia del 19.5%, resultando en una cuota estimada de 1,634.10 €.
¿Qué criterio aplica Hacienda en España sobre Calculadora de Impuestos de Criptomonedas (Método FIFO en IRPF)?
▼
En España cada intercambio entre dos criptomonedas distintas (ej. pasar de BTC a ETH o a USDT) constituye una alteración patrimonial que debe calcularse por el método FIFO (primera entrada, primera salida).
¿Qué gastos o deducciones permiten pagar menos en Inversión y Rentas del Ahorro?
▼
Toda reducción legal de la base imponible disminuye directamente la cuota tributaria. En el escenario medio simulado, descontar 120.00 € de gastos deducibles o bonificaciones supone un ahorro directo de 23.40 € en impuestos. Conserva siempre las facturas completas y justificantes documentales durante el plazo de prescripción de 4 años.